REGLAMENTO DE LA BILBIOTECA

30.04.2014 13:33
Reglamento de la Biblioteca Pedagógica Río Cuarto

1.   Disposiciones generales:

        Horario de atención horario de 8 a 19:00 hs.

       El público en general podrá hacer consultas bibliográficas en nuestra sala de lectura en el horario    establecido, con la presentación de su DNI.

       Todos los servicios de la Biblioteca Pedagógica Río Cuarto son gratuitos.

2.   Usuarios:

Podrán inscribirse como socios:

         Los docentes.

       Los estudiantes de los Institutos de Formación Docente de Gestión Pública y Privada.

       Los agentes de la Administración Pública Provincial (APP).

       Los estudiantes terciarios y universitarios.

3.   Requisitos:

 

      Docentes y agentes de la APP

      Fotocopia DNI.

      Fotocopia del recibo de haberes.

      Fotocopia de un impuesto o servicio con domicilio actual.

      Estudiantes.

      Constancia de alumno regular debidamente actualizada y sellada por la autoridad competente.

      Fotocopia del DNI, y de un cedulón de impuesto o servicio con domicilio actualizado.

4.   Préstamos:

      Préstamo en sala: el público en general podrá consultar el material en sala con la presentación de su  DNI o LTP en caso de estudiantes y su carnet de socio.

      Préstamo a domicilio: es requisito indispensable para gozar del préstamo de material bibliográfico a      domicilio ser socio de la biblioteca.

Se prestan hasta 3 ítems en total.

De acuerdo a:

       videos y material digital: 7días.

       Literatura: 10 días.

       Textos Nivel Inicial, Primario y Secundario: 10 días.

      Revistas: según título.

5.    Devoluciones

      Los lectores deberán devolver el material retirado en las fechas o plazos estipulados.

6.    Renovación

     Cumplido el plazo del préstamo, el socio deberá traer el libro pudiendo ser renovado siempre que no   esté reservado para otro socio.

7.    Resguardos y Sanciones

 

       Los lectores deberán manejar con sumo cuidado el material que se les facilite, comunicando al bibliotecario cualquier deterioro o anormalidad.

       Está prohibido rayar, señalar párrafos y/o mutilar las obras que se le faciliten en préstamo.

      El material debe ser devuelto en la fecha estipulada; de lo contrario, se aplicará al usuario una  suspensión equivalente a la cantidad de días de mora.

      Todo material dañado y/o perdido deberá ser repuesto en su edición original o según disposición de la coordinadora.

       Ante la falta de devolución del material retirado, la biblioteca enviará un reclamo recordatorio; en caso   de no obtener respuesta satisfactoria, se gestionará su devolución a través de otros mecanismos legales determinados por la Subsecretaría.

      Aquel socio que incurra en reiterados incumplimientos podrá ser dado de baja y su pedido de reincorporación quedará sujeto a decisión de la Coordinadora de la biblioteca.

       Las sanciones previstas precedentemente serán aplicadas sin perjuicio de las responsabilidades legales que pudieran corresponder.

8.    Disposiciones especiales

         Los casos no contemplados en el presente reglamento serán considerados por la dirección de la Biblioteca Provincial de Maestros.